El RAE señala:
Principio de subsidiariedad.
1. m. Der. Criterio que pretende reducir la acción del Estado a lo que la sociedad civil no puede alcanzar por sí misma.
2. m. Der. El que se aplica al proceso de integración europea para limitar la intervención de las autoridades comunitarias a los supuestos en que los Estados por sí solos no puedan ser eficaces.de subsidiariedad.
1. m. Der. Criterio que pretende reducir la acción del Estado a lo que la sociedad civil no puede alcanzar por sí misma.
2. m. Der. El que se aplica al proceso de integración europea para limitar la intervención de las autoridades comunitarias a los supuestos en que los Estados por sí solos no puedan ser eficaces.de subsidiariedad.
1883 “La socialización presenta también peligros. Una intervención demasiado fuerte del
Estado puede amenazar la libertad y la iniciativa personales. La doctrina de la Iglesia ha elaborado el principio llamado de subsidiariedad. Según éste, “una estructura social de
orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior,
privándole de sus competencias, sino que más bien debe sostenerle en caso de necesidad y
ayudarle a coordinar su acción con la de los demás componentes sociales, con miras al
bien común” (CA 48; Pío XI, enc. "Quadragesimo anno").
1885 El principio de subsidiariedad se opone a toda forma de colectivismo. Traza los
límites de la intervención del Estado. Intenta armonizar las relaciones entre individuos y
sociedad. Tiende a instaurar un verdadero orden internacional.
Juan Pablo II (Discurso en la CEPAL, Chile, 04-III-1987) señaló:
- 3. (...) "círculo virtuoso", de sentido inverso, entre producción, empleo, crecimiento y equidad.
- 6. (...) El desafío de la miseria es de tal magnitud, que para superarlo hay que recurrir a fondo al dinamismo y. a la creatividad de la empresa privada, a toda su potencial eficacia, a su capacidad de asignación eficiente de los recursos y a la plenitud de sus energías renovadoras.
9. El trabajo estable y justamente remunerado posee, más que ningún otro subsidio, la posibilidad intrínseca de revertir aquel proceso circular que habéis llamado "repetición de la pobreza y de la marginalidad". (...) Las causas morales de la prosperidad son bien conocidas a lo largo de la historia. Ellas residen en una constelación de virtudes: laboriosidad, competencia, orden, honestidad, iniciativa, frugalidad, ahorro, espíritu de servicio, cumplimiento de la palabra empeñada, audacia; en suma, amor al trabajo bien hecho. Ningún sistema o estructura social puede resolver, como por arte de magia, el problema de la pobreza al margen de estas virtudes; a la larga, tanto el diseño como el funcionamiento de las instituciones reflejan estos hábitos de los sujetos humanos, que se adquieren esencialmente en el proceso educativo y conforman una auténtica cultura laboral.
10. (...) "Ciertamente, ante las dificultades que hay que superar, existe la gran tentación de usar la autoridad para disminuir el número de los comensales más que multiplicar el pan a repartir" (Pablo VI)
Juan Pablo II en Centesimus annus (1991):
48. (...) Al intervenir directamente y quitar responsabilidad a la sociedad, el Estado asistencial provoca la pérdida de energías humanas y el aumento exagerado de los aparatos públicos, dominados por lógicas burocráticas más que por la preocupación de servir a los usuarios, con enorme crecimiento de los gastos.
El Compendio de la DSI:
187. (...) La experiencia constata que la negación de la subsidiariedad, o su negación en nombre de una pretendida democratización o igualdad de todos en la sociedad, limita y a veces también anula, el espíritu de libertad e iniciativa.
Mi comentario:
Creo que la frase fundamental es esta: "1885. El principio de subsidiariedad se opone a toda forma de colectivismo.". Es decir, existe una fuerte confianza en la acción de las personas en el ámito privado y una fuerte desconfianza al intervencionismo estatal. Lo normal es la acción privada, lo extraño y peligroso es la acción estatal. Considero que en este punto se expresa el peligro del estatismo: el colectivismo (según el RAE: "colectivismo. (De colectivo).
1. m. Doctrina que tiende a suprimir la propiedad particular, transferirla a la colectividad y confiar al Estado la distribución de la riqueza.").
1. m. Doctrina que tiende a suprimir la propiedad particular, transferirla a la colectividad y confiar al Estado la distribución de la riqueza.").
La DSI acepta la existencia del Estado, pero con el principio de subsidiariedad establece que son los privados los que deben solicitar la ayuda del Estado y otros grupos para su desarrollo, no al revés (es nuestro pensar, pero no queda TOTALMENTE CLARO en la DSI). No negaremos que en la DSI sigue existiendo, la visión del Estado como tutor de la sociedad en el logro del bien común como fin último.
En el discurso de JPII ante la CEPAL en 1987, se valora fuertemente la empresa privada, y de manera tácita se da un apoyo a un "capitalismo solidario". El lenguaje es muy claro: es mejor el trabajo productivo que el asistencialismo estatal para resolver el problema de la pobreza.
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